“Protesta para la exigencia de procedimientos hacia la solución de desapariciones en México”

“Si el Comité recibe información que, a su juicio, contiene indicios bien fundados de la que la desaparición forzada se practica de forma generalizada o sistemática en el territorio bajo la jurisdicción de un Estado parte, y tras haberle solicitado toda la información pertinente sobre esta situación, podrá llevar la cuestión, con carácter urgente, a la consideración de la Asamblea General de las Naciones Unidas, por medio del Secretario General”.